Sociedad
Alerta ante un nuevo intento de cobro por parte de administradoras en planes de ahorro
Desde Defensa del Consumidor constataron que las Administradoras de los planes de ahorro comenzaron a comunicar a los titulares la vigencia de un presunto plan en cuotas para abonar la presunta deuda que tendría el ahorrista por la vigencia de la cautelar.
En comunicación con Ciudadanos estuvo el director de Defensa al Consumidor de Misiones, Alejandro Grazón Maceda, y explicaba:”Las concesionarias no pueden exigir ese cobro, porque está vigente la cautelar. Después, como todo derecho, el consumidor puede decidir si no sigue más con esto, pero si es por una cuestión de existencia, la empresa no puede exigir. Y si es por cuestión de derecho, se sostiene el derecho de no pagar hasta tanto se defina la cuestión, y tiene derecho a que se lo entreguen. Si se lo han entregado, tiene derecho a que no le hagan caer el plan o no lo amenacen, como ha sucedido en algunas oportunidades, de hacerle caer el plan y ejecutar la prenda.”
Sobre la cautelar dictada por el Poder Judicial, Garzon Maceda expresó: “El tema aquí es que, dictada la cautelar por el Poder Judicial, las empresas hicieron lugar a la cautelar y cobraron la cuota que establecía la medida. Ellas estiman que existe una deuda, pero lo que pasa es que la cautelar toma en consideración el limitado marco cognoscitivo en que se dicta una cautela. Si bien el Poder Judicial dijo: ‘No corresponde que el valor móvil por el cual voy a calcular la cuota sea el que tú estableces’, pareciera ser que es menos, y ahí es por lo que sale la cuota menor. Lo que se está discutiendo aquí no es la cuota, sino el valor móvil del vehículo calculado unilateralmente por las empresas.”
Agregó: “Entonces, hoy los planes de ahorro fueron liquidando las cuotas conforme a la cautelar. Ellos aducen y, después, hacen una liquidación, que es la famosa cuota 84 o la cuota 85. Es ahí donde empezamos a tener la denuncia en defensa del consumidor. Nos venían y nos planteaban eso. Dictamos nosotros una medida de cese de la actitud presuntamente violatoria de la ley. A lo cual tenemos facultades nuevas; se les simplifica diciéndole cautelar, pero en realidad, sea lo que sea, se ordena cesar la conducta presuntamente infractora de la ley, que es la liquidación de pago y liquidar la cuota 84 con un monto que la siguen pagando. Les quedaban 40,000 pesos de cuota y un millón y medio de deudas. Entonces, el consumidor no lo podía pagar, caía en mora, y al caer en mora, se caía el plan, y los administradores de planes tenían derecho a ejecutar. Ordenamos que no se liquidara la cuota 84 y que no se innovara en la situación del plan hasta tanto se resolviera la cautelar. Eso tuvo intervención del Poder Judicial, a través de la Cámara Federal y la Cámara de Apelaciones de Posadas, y ratificó la postura. O sea, hasta que la Justicia Federal se expida, las automotrices no pueden exigir el pago’.”
Acerca del retiro de la prenda: “Cuando vos retiras el auto en la cuota 48 o 50 y seguis pagando, tenes una prenda. Y cuando llega la cuota 84, deberías poder acceder a la prenda porque debías pagar. Lo que aducen las automotrices es que no liberan la prenda porque todavía el plan está teniendo una deuda, que es la deuda no resuelta de la cautela
En cuanto a la nota escrita presentada: “A lo que vino la nota de ayer es que ahora apareció otro modo de reclamar esa presunta deuda. Hasta que la justicia no se expida, no sabemos quién le debe a quién. El consumidor le debe a la empresa, sí hay plan de ahorro, pero no sabemos cuánto le debe, o por ahí la empresa le debe el consumidor y por ahí están a mano y nadie sabe nada”.
Desde Defensa del Consumidor recomendaron que antes de abonar algo que excede el marco de las cuotas de su plan requieran a la administradora información clara y precisa de lo que le quieren cobrar y que sea por escrito.