La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas ha ratificado una resolución judicial que obliga a la Agencia Nacional de Discapacidad, ANDIS, a restablecer el pago de cuatro pensiones no contributivas por invalidez que habían sido suspendidas a beneficiarios en Misiones. El fallo, emitido el siete de noviembre, confirma la orden previa de la jueza Carmen Helena Carbone y subraya que la interrupción de estos haberes a personas en situación de vulnerabilidad vulneró derechos fundamentales como la seguridad social y el derecho de defensa. Por esta razón, la Cámara dispuso que los pagos deben mantenerse activos hasta que se resuelva la cuestión de fondo del caso.
La causa se originó debido a que los beneficiarios fueron dados de baja sin que existiera una notificación previa ni un proceso administrativo adecuado. La Justicia Federal calificó este acto como una acción arbitraria que atenta contra derechos constitucionales, destacando el riesgo de generar un perjuicio irreparable, dado que la pensión es crucial para el acceso de estas personas a alimentos, medicamentos y al Programa Incluir Salud. La ANDIS había apelado la decisión, argumentando supuestos compromisos al interés público y la validez de las suspensiones, pero la Cámara desestimó estos puntos al recordar que las pensiones por invalidez son un derecho de seguridad social de carácter constitucional.
La presidenta del Consejo Provincial de Discapacidad, Tatiana Antúnez, recordó que el amparo se presentó ante la angustiante situación de personas que perdieron un ingreso esencial sin aviso ni posibilidad de respuesta. Si bien el fallo confirma la restitución de los derechos, Antúnez señaló que no es un motivo de celebración, dado el sufrimiento que implicó la pérdida temporal de ese sustento vital. Con esta decisión, la Justicia Federal vuelve a respaldar firmemente la protección integral de los derechos de las personas con discapacidad, mientras continúa el análisis sobre los procedimientos administrativos aplicados por la Agencia Nacional de Discapacidad.